El lenguaje jurídico, observado desde la perspectiva de un usuario no jurista, se suele percibir como una lengua arcaica y rimbombante cuyo uso y comprensión se limita a un círculo limitado; esta percepción no solo se detecta, sino que además se acepta como algo natural y casi necesario. Al final, el usuario no experto va a recibir un resumen de lo que le afecta interpretado y explicado en lenguaje llano por un jurista, generando una dinámica que la sociedad ha aceptado como suficiente. Pero ¿qué ocurre cuando esa interpretación y explicación tienen que pasar previamente por la interpretación de un intermediario, un traductor, al estar el texto original en otra lengua? ¿Qué efectos tiene sobre el documento que recibe el jurista el hecho de que el traductor tenga que filtrar para sí el lenguaje jurídico de dicho texto para poder trasvasarlo a su registro original en otra lengua? Si el traductor no es jurista también, ¿cómo gestiona las características propias del complejo lenguaje jurídico, especialmente al verse implicados dos sistemas lingüísticos y legales diferentes?Llegeix més »